SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN ÁMBITOS NO URBANOS
Para viviendas residenciales sitas en Galicia
SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA EN EL SECTOR RESIDENCIAL, EN ÁMBITOS NO URBANOS. (Se encarga de realizar la solicitud de las ayudas la entidad colaboradora).
PLAZO PRESENTACIÓN: 16/02/2024 – 21/03/2024
TIPO DE APOYO: Concurrencia competitiva.
BENEFICIARIOS:
Las personas físicas titulares de cualquier derecho sobre un inmueble de carácter residencial o las comunidades y mancomunidades de vecinos siempre que las actuaciones se realicen en viviendas o edificios del sector residencial sitas en Galicia.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Proyectos promovidos por los particulares y sus agrupaciones y asociaciones con fines de ahorro energético y fomento del uso de la energía solar fotovoltaica. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de energía solar fotovoltaica en aplicaciones residenciales.
INVERSIONES SUBVENCIONABLES:
a). Los paneles solares fotovoltaicos.
b). El acondicionamiento de la energía eléctrica (inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipos de medidas, etc), monitorización (sensores, adquisición de datos, comunicación remota, etc) y sistema de acumulación con baterías de litio.
c). El restos de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.
d). El coste del montaje y el conexionado y la dirección de obra.
e). IVA, cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre IVA.
Los proyectos deberán incorporar paneles fotovoltaicos e inversor.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
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Potencia pico en paneles (Kwp) |
€/kWp (sin IVA) |
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P<- 3 kWp |
1950 |
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3
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2400-150xP |
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6
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1680-30xP |
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P>-20 kWp |
1140-3xP |
Adicionalmente, si el proyecto lleva baterías de litio se considerarán unos costes sin IVA de 750 €/kWh de capacidad de acumulación. Las baterías de plomo ácido no serán elegibles. De no incorporar el proyecto baterías, este sumando sería cero.
La intensidad de la ayuda será del 50% de la inversión elegible de la instalación, teniendo en cuenta su presupuesto.
En la búsqueda de instalaciones de potencia racionales, se establece una ayuda máxima por vivienda de 4.000€. En caso de que el proyecto solicitado incluya baterías de potencia igual o superior a 4 kWh, se incrementará en 2.000 euros.
La cuantía máxima por proyecto multivivienda será de 25.000 euros.
PLAZO DE EJECUCION Y JUSTIFICACIÓN:
30 de septiembre de 2024.
PLAZO RESOLUCION:
4 meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
COMPATIBILIDAD DE LAS SUBVENCIONES:
Serán incompatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración.
NOTAS:
- No serán subvencionables los proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud.
Infórmate con nosotros en el 982 12 15 12