Subvenciones para el programa de modernización del comercio - CO300G
PLAZO DE PRESENTACIÓN: 31/05/2023 – 30/06/2023
TIPO DE APOYO: Concurrencia NO Competitiva y sujeta al régimen de minimis.
OBJETO:
Financiación de proyectos de contenido tecnológico, innovador y sostenible, dirigidos a impulsar el empleo de las nuevas tecnologías en el sector comercial.
DOS TIPOS DE AYUDAS:
1. Línea destinada a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales.
2. Línea destinada a asociaciones de comerciantes sin ánimo de lucro.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
- Proyectos de nuevas tecnologías dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y en comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra (gastos referidos a la transformación digital).
- Proyectos de nuevas tecnologías para la adaptación del espacio físico de venta, tanto a las nuevas necesidades y hábitos de los consumidores como a los nuevos modelos de gestión (gastos referidos a la transformación del punto de venta).
- Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos (gastos relativos a la sostenibilidad y economía circular).
- Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia y sostenibilidad de la entrega de última milla (gastos relativos a la cadena de suministro y trazabilidad).
BENEFICIARIOS:
Para la línea 1:
Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas, que cumplan los siguientes requisitos:
- Que el establecimiento comercial tenga carácter físico y permanente y esté ubica en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Que tengan la condición de pyme.
- Que la actividad principal del negocio se corresponda con alguna de las actividades incluidas en los códigos 46 ó 47 del CNAE-2009.
Para la línea 2:
- Que tengan entre sus fines estatutarios la defensa de los intereses del sector comercial.
- Que tengan la sede social y el ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Que tengan una antigüedad mínima de 3 años en la fecha de publicación de la orden. (30/12/2022).
- En el caso de asociaciones de ámbito municipal, que tengan el número mínimo de comercios asociados dados de alta en alguno de los epígrafes IAE 46 ó 47, en función de la población del ayuntamiento, que se indica a continuación:
En todo caso, el número de comercios asociados debe representar, como mínimo, el 40% del número de socios de la asociación.
- En el caso de federaciones, que tengan ámbito provincial o autonómico y tengan asociados un mínimo de 15 asociaciones de comerciantes que cumplan, además, los requisitos del apartado anterior.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
1. Se considerarán actuaciones subvencionables la implantación y puesta en marcha de:
Para la línea 1: destinadas a personas autónomas y pequeñas y medianas empresas comerciales:
1.1. Programa Smart retail dirigido a la transformación digital del punto de venta y modelo de de negocio, a través de las siguientes actuaciones:
a). Sofware de gestión de experiencia de la clientela (aplicaciones big data y análisis de datos).
b). Etiquetado electrónico para lineales de venta.
c). Tecnología de control de stocks y tecnología RFID.
d). Gestor de colas automatizado.
e). Sistemas de click and collect y locker digitales.
f). Probadores interactivos.
g). Software para la gestión logística del e-commerce.
h). Soluciones de ciberseguridad.
i). Asistentes virtuales y sistemas digitales interactivos (chatbots).
j). Aplicaciones para dispositivos móviles (m-commerce).
k). Terminales de autopago para la clientela.
1.2. Programa visual merchandising dirigido a la mejora de la experiencia de compra, a través de las siguientes actuaciones:
a). Escaparates virtuales con o sin interacción con la clientela.
b). Estanterías virtuales.
c). Pantallas y mesas interactivas.
d). Tótems publicitarios.
e). Pizarras digitales.
f). Aplicaciones de realidad virtual y aumentada.
Las actuaciones comprendidas en las letras a), b), c), d) y e) deberán situarse en el punto de venta e incluir el software para la programación y emisión de contenidos digitales.
1.3. Programa Green Store dirigido a la mejora de la eficiencia energética del local y de los recursos, a través de las siguientes actuaciones:
a). Puertas automáticas con sensores de proximidad que redunden en una mejora de la eficiencia energética en el ámbito térmico del local.
b). Sistemas de iluminación energéticamente eficientes y sensores de presencia para la regulación automática de luces que mejoren y optimicen el consumo de energía eléctrica.
c). Sistemas de climatización del local energéticamente eficientes.
Para la línea 2: Línea de ayudas destinada a asociaciones de comerciantes.
a). Mupis digitales, interactivos o no, de señalización y promoción de las áreas comerciales en espacios públicos.
b). Herramientas digitales colaborativas entre los asociados.
c). Sistemas de click and collect y lockers digitales.
d). Redes wifi en las áreas comerciales.
e). Reducción de insumos por parte de los comercios y de las personas consumidoras en los establecimientos mediante la implantación de alternativas respetuosas con el medio ambiente.
f). Elaboración y puesta en marcha de procesos ecoeficientes para la correcta separación de los residuos y su posterior reciclado y valoración que incluyan la participación de todos los asociados. Se considerarán subvencionables los gastos relativos a la adquisición de elementos para el correcto reciclaje de los residuos.
g). Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas conjuntas para mejorar la eficiencia en el consumo energético que incluyan la participación de todos los asociados.
INVERSIONES MÁXIMAS SUBVENCIONABLES:
Línea de ayudas 1:
Línea de ayudas 2:
La inversión mínima a realizar para que el proyecto se considere subvencionable asciende a 2.000,00 euros (IVA excluido).
INTENSIDAD DE LA AYUDA:
Será del 90% de las inversiones máximas subvencionables.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actuaciones realizada desde el 1 de enero de 2023 hasta el 29 de septiembre de 2023.
PLAZO DE RESOLUCIÓN:
5 meses contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN:
Hasta el 29 de septiembre de 2023.
Infórmate con nosostros en el 982 12 15 12.