Subvenciones a Clubs Deportivos, Sociedades Anónimas Deportivas y Secciones Deportivas de Galicia, para el desarrollo de actividades deportivas
Nueva subvención publicada en el DOG num. 237 15/12/2023
PLAZO PRESENTACIÓN: desde el 16/12/2023 hasta 15/01/2024.
TIPO DE APOYO: Concurrencia competitiva
BENEFICIARIOS:
-Los clubs deportivos, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas de Galicia, inscritos, en todos los casos, en el Registro de Entidades Deportivas de Galicia.
REQUISITOS:
-Es necesario que la entidad esté dada de alta como gestor externo en las siguientes aplicaciones tecnológicas de “promoción de una vida activa y saludable” vinculadas con el plan Galicia Saludable de la Xunta de Galicia:
·Galicia activa: aplicación de recursos, servicios e instalaciones deportivas de Galicia.
·Plataforma de gestión de planes, programas, actividades y eventos de Galicia Saludable.
-Alcanzar una puntuación mínima de 7 puntos, excepto las entidades participantes en las competiciones deportivas oficiales dirigidas a personas con alguna discapacidad. En este caso tendrán que obtener una puntuación mínima de 5 puntos y las entidades de nueva creación.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:
- En la línea I de actuación serán subvencionables los gastos derivados de la participación en competiciones de carácter oficial en 2023.
- En la línea II de actuación serán subvencionables los gastos derivados de la participación en competiciones de carácter oficial y los gastos corrientes del núcleo de entrenamiento deportivo especializado en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024.
CUANTÍA DE LA AYUDA:
- LÍNEA DE ACTUACIÓN I
El importe será el resultado aritmético de la regla de tres, de asignar la puntuación máxima que se puede alcanzar (123 puntos), el importe máximo que se puede conceder 10.000 euros.
En el caso de clubs, sociedades anónimas deportivas y secciones deportivas con participación en competiciones oficiales de más de una federación, la puntuación final será el resultado de la suma de puntos alcanzado en casa caso, y la cuantía definitiva que le corresponderá no superará los 10.000 euros.
- LÍNEA DE ACTUACIÓN II
El importe de la subvención corresponderá a 29.999 euros por entidad beneficiaria. Se procederá a la distribución proporcional del crédito asignado a la línea II entre el número de solicitudes presentadas que tengan la condición de entidad beneficiaria, con el límite indicado.
NOTA: Para alcanzar la puntuación se tendrán en cuenta los datos certificados por las correspondientes federaciones, con relación a méritos deportivo-competitivos y a los allegados por las propias entidades en relación a otros méritos. No se valorarán los equipos de las entidades que participen en las ligas profesionales.
PLAZO RESOLUCION:
5 meses desde el 15 de diciembre de 2023.
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